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Foto de Fabiolo (Pontedapedra)
               

Tras reiterados esfuerzos realizados por instituciones españolas, por fin, la Unión Europea ha aprobado una nueva norma que establece nuevos criterios que deben cumplir los productos sin gluten, en relación con su identificación y etiquetado.

Con esta nueva normativa sólo podrán etiquetarse como “alimentos sin gluten” aptos para celiacos, exclusivamente los productos que en su composición no superen los 20 miligramos de gluten por kilo.

Dentro de la normativa se distinguen dos categorías de productos:

  • Alimentos sin Gluten: son los productos aptos para celiacos cuyo contenido en gluten no supere los 20 miligramos por kilo.
  • Alimentos con bajo contenido en gluten: son los productos que se fabrican a partir de materias primas que contienen gluten natural pero cuyo contenido de gluten no supere los 100 miligramos por kilo.

Sin duda se trata de un buena noticiapara los celiacos y para todas las asociaciones preocupadas por los problemas a los que hoy se enfrentan todos estos enfermos, entre los que destaca la existencia en el mercado de productos identificados como “sin gluten”, en los que sí se encuentra esta proteína y que ha sido probado en distintos estudios y análisis.

La mala noticia es que la entrada en vigor de esta norma se puede alargar hasta 2012 y que hasta entonces es posible que no sea 100% efectiva.

Vía – Ocu

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